Ciudad
del Vaticano (AICA): El santo padre Francisco, a través de un decreto de la
Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, decidió
que San José sea invocado también en las Plegarias Eucarísticas II, III y IV de
la tercera edición típica del Misal Romano, colocándose después del nombre de
la Bienaventurada Virgen María. El decreto “Paternas
Vices”, firmado por el cardenal prefecto Antonio Cañizares y el arzobispo secretario
Arthur Roche, fechado el 1 de mayo de 2013, memoria de San José Obrero,
manifiesta así la decisión del papa Benedicto XVI de acoger las numerosas
peticiones recibidas desde muchos lugares en este sentido, una decisión
confirmada por su sucesor, el papa Francisco.
El
santo padre Francisco, a través de un decreto de la Congregación para el Culto
Divino y la Disciplina de los Sacramentos, decidió que San José sea invocado
también en las Plegarias Eucarísticas II, III y IV de la tercera edición típica
del Misal Romano, colocándose después del nombre de la Bienaventurada Virgen
María. El decreto “Paternas Vices”,
firmado por el cardenal prefecto Antonio Cañizares y el arzobispo secretario
Arthur Roche, fechado el 1 de mayo de 2013, memoria de San José Obrero,
manifiesta así la decisión del papa Benedicto XVI de acoger las numerosas
peticiones recibidas desde muchos lugares en este sentido, una decisión
confirmada por su sucesor, el papa Francisco.
De
este modo, en la tercera edición típica del Misal Romano deberá decir,
respectivamente (en español):
II: “con María, la Virgen Madre de Dios, su
esposo san José, los apóstoles y…”
III:
“con María, la Virgen Madre de Dios, su
esposo san José, los apóstoles y los mártires…”
IV: “con María, la Virgen Madre de Dios, con su
esposo san José, con los apóstoles y los santos…”
Texto
completo del Decreto en español: (Prot. N. 215/11/LDecreto)
En
el paterno cuidado de Jesús, que San José de Nazaret desempeñó, colocado como
cabeza de la familia del Señor, respondió generosamente a la gracia, cumpliendo
la misión recibida en la economía de la salvación y, uniéndose plenamente a los
comienzos de los misterios de la salvación humana, se ha convertido en modelo
ejemplar de la entrega humilde llevada a la perfección en la vida cristiana, y
testimonio de las virtudes corrientes, sencillas y humanas, necesarias para que
los hombres sean honestos y verdaderos seguidores de Cristo.
Este
hombre justo, que ha cuidado amorosamente de la Madre de Dios y se ha dedicado
con alegría a la educación de Jesucristo, se ha convertido en el custodio del
tesoro más precioso de Dios Padre, y ha sido constantemente venerado por el
pueblo de Dios, a lo largo de los siglos, como protector del cuerpo místico,
que es la Iglesia.
En
la Iglesia católica, los fieles han manifestado siempre una devoción
ininterrumpida hacia San José y han honrado de manera constante y solemne la
memoria del castísimo Esposo de la Madre de Dios, Patrono celestial de toda la
Iglesia, hasta tal punto que el ya beato Juan XXIII, durante el Sagrado
Concilio Ecuménico Vaticano II, decretó que se añadiera su nombre en el
antiquísimo Canon Romano.
El
sumo pontífice Benedicto XVI ha querido acoger y aprobar benévolamente los
piadosos deseos que han llegado desde muchos lugares y que ahora, el Sumo
Pontífice Francisco ha confirmado, considerando la plenitud de la comunión de
los santos que, habiendo peregrinado un tiempo a nuestro lado, en el mundo, nos
conducen a Cristo y nos unen a Él.
Por
lo tanto, teniendo en cuenta todo esto, la Congregación para el Culto Divino y
la Disciplina de los Sacramentos, en virtud de las facultades concedidas por el
sumo pontífice Francisco, gustosamente decreta que el nombre de San José,
Esposo de la Bienaventurada Virgen María, se añada de ahora en adelante en las
Plegarias Eucarísticas II, III y IV de la tercera edición típica del Misal
Romano, colocándose después del nombre de la bienaventurada Virgen María, como
sigue:
II: “ut cum beáta Dei Genetríce Vírgine María,
beáto Ioseph, eius Sponso, beátis Apóstolis”
III:
“cum beatissíma Vírgine, Dei Genetríce,
María, cum beáto Ioseph, eius Sponso, cum beátis Apóstolis”
IV: “cum beáta Vírgine, Dei Genetríce, María,
cum beáto Ioseph, eius Sponso, cum Apóstolis”
Por
lo que se refiere a los textos redactados en lengua latina, se deben utilizar
las fórmulas que ahora se declaran típicas. La misma Congregación se ocupará de
proveer, a continuación, la traducción en las lenguas occidentales de mayor
difusión; la redacción en otras lenguas deberá ser preparada, conforme a las
normas del derecho, por la correspondiente Conferencia de Obispos y confirmada
por la Sede Apostólica, a través de este Dicasterio.
No
obstante cualquier cosa en contrario.
Dado
en la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, el
día 1 de mayo del 2013, memoria de San José Obrero.
Antonio,
Card. Cañizares Llovera, Prefecto y monseñor Arthur Roche, secretario.+
Ciudad del Vaticano
(AICA)
Miercoles 19 Jun 2013 |
11:23 am
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